Cuota monetaria y subsidio familiar
Hijos - Hijastros
- Que no sobre pase la edad de 18 años (18 años + 364 días)
- Que sea hijo legítimo, adoptivo o hijastro.
- Después de los 12 años se deberá acreditar la escolaridad en establecimiento docente debidamente aprobado.
- Podrán cobrar simultáneamente cuota monetaria por los mismos hijos el padre y la madre, cuyas remuneraciones sumadas no excedan de cuatro (4) salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV)
Hermanos
El trabajador beneficiario puede recibir cuota monetaria por cada hermano:
- Que no sobrepase la edad de 18 años (18 años + 364 días).
- Que sea huérfano de padres.
- Que conviva con el trabajador.
- Que dependa económicamente del trabajador.
- Después de los 12 años se deberá acreditar la escolaridad en establecimiento docente debidamente aprobado.
Padres
- Mayor de 60 años.
- Que ninguno de los dos (padre o madre) reciba salario, renta o pensión alguna.
- Que se encuentre como beneficiarios afiliados a la EPS del trabajador que los afilia o que se encuentren beneficiarios en el Régimen Subsidio en salud.
- Que dependa económicamente del trabajador.
- No podrán cobrar simultáneamente este subsidio por el mismo padre más de uno de los hijos trabajadores.
Dependencia por custodia
El trabajador puede recibir cuota monetaria por personas que forman parte de su grupo familiar en condición de dependientes por custodia:
- Menor de 18 años.
- Que ha sido entregado al trabajador para su cuidado y sostenimiento económico.
- Que dependa económicamente del trabajador.
- La entrega en custodia puede ser provisional o permanente y debe constar en documento emitido por autoridad competente.
Cónyuge o compañero(a) permanente
El trabajador puede recibir cuota monetaria por su cónyuge o compañero(a) permanente:
- Que no cuente con vinculación laboral o ingreso alguno.
- Que realice actividades de cuidado respecto de cualquier persona en condición de discapacidad a cargo del trabajador.
- La remuneración mensual fija o variable del trabajador o la del hogar debe ser igual o menor a dos (2) salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV).
- Declaración firmada por el trabajador y el cónyuge o compañero (a) permanente, entendida bajo la gravedad de juramento, que soporte la condición de cuidador.
Personas a Cargo con condición de discapacidad
- Condición de discapacidad debidamente certificada por la entidad autorizada (según normatividad vigente).
- Depende económicamente del trabajador.
- Conviven con el trabajador.
- Valor cuota mensual de referencia por persona a cargo: $ 49.500
- Valor cuota mensual por persona a cargo en el sector agropecuario: $ 57.000
¿Cómo solicitar?
- Perciben una remuneración que no exceda de cuatro salarios mínimos legales mensuales vigentes.
- Laboren al menos 96 horas o 12 días al mes.
- La suma de su remuneración mensual con la de su cónyuge o compañero permanente o padre/madre biológico (a) no supera los 4 SMLMV*, los dos padres podrán recibir cuota monetaria.
- La suma de su remuneración mensual con la de su cónyuge o compañero permanente o padre/madre biológico (a) superan los 4 SMLMV* pero no superan los 6 SMLMV*, solo uno de los dos recibirá cuota monetaria.
- La suma de su remuneración mensual con la de su cónyuge o compañero permanente o padre/madre biológico (a) superan los 6 SMLMV*, ninguno recibirá cuota monetaria.
Para realizar la afiliación del trabajador y las personas a su cargo, es preciso diligenciar el formulario de inscripción del trabajador y ser firmado por parte del trabajador y del empleador.
Vigencia
El trabajador debe mantener su afiliación en Comfenalco Santander, participando de manera activa de la siguiente forma:
- Documentos de identificación propia y de todos los miembros de su grupo familiar.
- Información de contacto propia y de todos los miembros de su grupo familiar.
- Certificación de escolaridad de los hijos que no hayan cumplido los 12 años de edad.
- El beneficiario debe informar a Comfenalco Santander de cualquier cambio en sus datos o en los datos de los miembros de su grupo familiar, como cambios de documentos de identificación, ingreso o retiro de beneficiarios, o cambios de dirección, teléfono o correo electrónico.
- Para recibir una cuota monetaria por hijos y padres, es requisito esencial presentar y mantener actualizados los documentos de identificación para acreditar la relación de parentesco, especialmente el registro civil de nacimiento.
- Para que el beneficiario pueda continuar recibiendo el subsidio familiar, debe presentar el certificado escolar de sus hijos al momento de cumplir 12 años y mientras se encuentren entre los 12 y los 18 años. Esto debe cumplirse al inicio de cada ciclo escolar: año, semestre, trimestre, etc., dependiendo si los niños están en el colegio, universidad o institución técnica.
- Todo beneficiario tiene la obligación de avisar a la Caja de Compensación Familiar, directamente o por conducto del empleador, cualquier cambio en su situación familiar que pueda afectar el monto del subsidio. Estos cambios incluyen el nacimiento o muerte de personas a cargo, la condición de discapacidad, el término de la convivencia y cualquier otro hecho que determine modificaciones en la cuantía del subsidio.
Medios de pago
Recibir tu cuota monetaria en tu cuenta de nómina o en tu billetera digital es muy sencillo, lo único que debes hacer es ingresar a LINK en donde adjuntarás la certificación bancaria de tu cuenta o billetera digital junto con tu documento de identidad.
Preguntas frecuentes
¿Quiénes son los trabajadores dependientes?
¿Quiénes pueden afiliarse a una Caja de Compensación Familiar?
¿A cuáles miembros de su grupo familiar puede afiliar el trabajador dependiente?
- Hijos, hijastros, hermanos huérfanos, menores en custodia, hasta los 18 años.
- Padres mayores de 60 años (cuando dependan económicamente del trabajador dependiente)
- Cónyuge o compañero(a) permanente.
¿A cuál Caja de Compensación Familiar se puede afiliar un trabajador dependiente?
¿Cuáles son los documentos que debe alistar para afiliarse a la Caja como trabajador dependiente?
¿Cómo se afilia un trabajador dependiente a la Caja de Compensación Familiar Comfenalco Santander?
¿Puede un trabajador dependiente afiliarse a la Caja sin la intervención del empleador?
¿Puede un trabajador dependiente afiliar a un(os) miembro(s) de su grupo familiar a la Caja sin la intervención del empleador?
¿Qué beneficios recibe de Comfenalco Santander el trabajador dependiente y su grupo familiar afiliado?
¿Puede el trabajador dependiente afiliar a Comfenalco Santander a los hijos, hijastros y hermanos huérfanos mayores de 18 años y menores de 23 años y padres menores 60 años?
Sí. El trabajador dependiente puede afiliar a Comfenalco Santander a los hijos, hijastros, hermanos huérfanos, personas en custodia mayores de 18 años y menores de 23 años, y padres menores 60 años, que dependan económicamente de él, con acceso sólo a servicios, a tarifas de afiliados categoría C, no subsidiadas. La afiliación de estas personas no da derecho a cuota monetaria.
¿Qué es la Cuota Monetaria de Subsidio Familiar?
¿Cuántos días debe haber laborado el trabajador durante un mes para tener derecho a recibir cuota monetaria?
¿El trabajador dependiente recibe cuota por periodos de incapacidad, licencias remuneradas o vacaciones?
Sí, siempre y cuando el empleador reporte adecuadamente esas novedades mediante la planilla PILA.
¿Por cuáles personas a cargo (miembros del grupo familiar) afiliadas tiene derecho a recibir cuota monetaria el trabajador dependiente?
- Los hijos que no sobrepasen la edad de 18 años (18 años + 364 días), legítimos, naturales, adoptivos y los hijastros. Después de los 12 años se deberá acreditar la escolaridad en establecimiento docente debidamente aprobado.
- Los hermanos que no sobrepasen la edad de 18 años (18 años + 364 días), huérfanos de padres, que convivan y dependan económicamente del trabajador. Después de los 12 años se deberá acreditar la escolaridad en establecimiento docente debidamente aprobado.
- Los padres del trabajador beneficiario mayores de 60 años, siempre y cuando ninguno de los dos reciba salario, renta o pensión alguna. No podrán cobrar simultáneamente este subsidio más de uno de los hijos trabajadores y que dependan económicamente del trabajador.
- Los dependientes por custodia menor de 18 años o mayor de 18 años en condición de discapacidad, que es entregado al afiliado para su cuidado y sostenimiento económico. La entrega puede ser provisional o permanente y debe constar en documento emitido por autoridad competente.
- El o la cónyuge o compañero(a) permanente del trabajador afiliado que no cuente con vinculación laboral o ingreso alguno y que realice actividades de cuidado respecto de cualquier persona en condición de discapacidad a cargo del trabajador. La remuneración mensual fija o variable del trabajador o la del hogar debe ser igual o menor a dos (2) salarios mínimos legales mensuales vigentes, SMLMV.
- Podrán cobrar simultáneamente cuota monetaria por los mismos hijos el padre y la madre, cuyas remuneraciones sumadas no excedan de cuatro (4) salarios mínimos legales mensuales vigentes, SMLMV.
- No podrán cobrar simultáneamente cuota monetaria por los mismos hijos: madre y madrastra, ni padre y padrastro (a no ser que los dos tengan relación de convivencia entre sí).
- No se paga cuota monetaria simultáneamente, por el mismo padre o madre a más de uno de los hijos trabajadores.
¿Pueden cobrar simultáneamente cuota monetaria ambos padres por los mismos hijos?
¿Pueden cobrar simultáneamente cuota monetaria más de un trabajador por el mismo padre?
¿Una persona a cargo del trabajador en condición de Discapacidad cuenta con algún beneficio adicional?
¿Cómo se gira la cuota monetaria de subsidio familiar al trabajador dependiente beneficiario de este subsidio en dinero?
El pago del dinero de las cuotas monetarias se realiza, a más tardar el último día de cada mes, a través de los siguientes medios:
- Transferencia electrónica a Cuentas bancarias o a Depósitos de bajo monto (billeteras digitales).
La Caja no exige la apertura de cuentas bancarias exclusivas para el pago del subsidio familiar.
- Tarjeta de afiliado.
Puede usarlo también como medio de pago en los mismos establecimientos comerciales o en los servicios que la Caja a través de sus sedes, presta a los afiliados.
- Pago en Oficina de Giros de COPETRAN:
Se realiza aumentando el saldo en la cuenta del afiliado y poniendo el dinero a disposición del trabajador beneficiario para que lo cobre en efectivo en la oficina de pasajes y giros de COPETRAN más cercana a su residencia o a su lugar de trabajo, previamente seleccionada, presentándose con su documento de identificación original.
¿Qué hacer en caso de extravío de la tarjeta de afiliado?
¿Cómo se identifica en trabajador dependiente como afiliado en los servicios de la Caja?
¿Cómo puede consultar su saldo el trabajador dependiente beneficiario de cuota monetaria?
¿Qué novedades debe reportar a la Caja el trabajador dependiente?
Las siguientes son las novedades que el trabajador dependiente debe reportar de manera oportuna cuando ocurran:
- Cambio en cualquiera de los datos de ubicación y contacto (dirección de domicilio, teléfono, correo electrónico, cambio de cuenta bancaria, cuando esta es el medio de pago de cuota monetaria).
- Cambios en la conformación de su grupo familiar, lo cual implica afectación en la entrega de subsidios y en el acceso a los servicios:
- Inclusión de nuevos miembros en el grupo familiar: nacimientos, adopciones, custodia de menores, dependencia económica de hermanos huérfanos o de los padres.
- Retiro de miembros del grupo familiar por fallecimiento, vinculación laboral, obtención de pensión, interrupción temporal o definitiva de la dependencia económica, finalización de la relación de cónyuge o compañero(a) permanente.
- Presentar el certificado de escolaridad para los niños de su grupo familiar al cumplir los doce años y luego al inicio de cada año o de cada ciclo escolar. La acreditación de escolaridad es necesaria sólo para beneficiarios de cuota monetaria y / o de algunos subsidios escolares.
- Si en su grupo familiar hay un niño o un padre con discapacidad, presentar el certificado de discapacidad expedido por la IPS autorizada.
La novedad de inclusión de nuevos miembros en el grupo familiar la reporta el trabajador dependiente mediante el formulario de inscripción completa y correctamente diligenciado y firmado y copia de los documentos completos de soporte entregados en una oficina de Comfenalco Santander.
La presentación del certificado de escolaridad puede realizarse a través de Servicios en línea de la web de Comfenalco Santander, ingresando con usuario y contraseña.
¿Cómo afiliar a la Caja a un nuevo a un miembro del grupo familiar del trabajador dependiente?
¿Cómo retirar de la Caja a un miembro del grupo familiar del trabajador dependiente?
Novedades que requieren documentos de soporte para el retiro de miembros del grupo familiar:
- Fallecimiento: copia del registro civil de defunción.
- Finalización del vínculo matrimonial o de la unión libre: escritura pública o sentencia judicial o acta de cesación de efectos civiles de la sociedad conyugal o de la unión libre o unión marital de hecho.